Ser culpable de que - subjuntivo o indicativo

© Justo Fernández López www.hispanoteca.eu

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Me podría usted explicar en la frase:

Tú eres la culpable de que a mi hijo lo golpearon / golpeasen.

A) ¿cuál sería la forma correcta del verbo golpear? ¿indicativo o subjuntivo?

B) si el verbo se pone en forma subjuntiva, ¿cuál sería la razón?, ¿es la partícula, tú eres la culpable? o ¿el de que?

El subjuntivo no alterna con el indicativo cuando el verbo de la oración principal (V1):

  1. encierra en su significado la intención de influir en la conducta de otra persona, es decir, cuando expresa deseo, necesidad, mandato, prohibición, permiso, consejo, etc.;

  2. expresa sentimiento provocado por lo que se dice en la oración subordinada (V2);

  3. expresa apreciaciones o juicios de valor sobre lo que se indica en la oración del verbo de la subordinada (V2);

  4. expresa el carácter posible o probable (o no posible, no probable) de lo dicho en la oración subordinada.

Con algunos de estos verbos el uso del indicativo hace que pasen a ser verbos de comunicación y se produce, por tanto, un cambio de sentido.

Los verbos de influencia no hablan de un hecho, no dicen si la subordinada es verdadera o falsa, solo enuncian la inclinación del hablante a que se realice o no. A este grupo pertenecen también todos los verbos de comunicación cuando no transmiten simplemente una información, sino que dan una orden, mandato, deseo.

Los verbos de sentimiento tampoco informan de la veracidad de la subordinada, sino que señalan los efectos que produce la acción de la subordinada en el ánimo de alguien.

El grupo de los verbos de juicio de valor es parecido al de los verbos de sentimiento. No es su intención informar de la acción de la subordinada (V2), sino que recogen el dato de la subordinada y hacen una valoración sobre su contenido.

Sin embargo, tanto los verbos de sentimiento como los de valoración en ocasiones no se limitan a recoger un hecho que ya se supone conocido para comentarlo, sino que junto al comentario o valoración incluyen la información de que lo que expresa la oración subordinada ha sucedido, sucede o va a suceder. En este caso se asemejan a los verbos de comunicación y aparecen en indicativo los verbos subordinados (V2) que de ellos dependen:

Me preocupa que el paro haya subido este trimestre.

[el hablante recoge un hecho ya conocido por el interlocutor, ya que la noticia ha sido comentada en la prensa, pero fundamentalmente valora algo que da por conocido]

Me preocupa que me han bajado el sueldo este mes.

[el hablante reacciona ante el hecho de que le han rebajado el sueldo, pero al mismo tiempo informa sobre este hecho que el interlocutor no conocía]

El mismo comportamiento tienen las expresiones «sustantivo + de que»:

el hecho de que

la idea de que

eso de que

la ventaja de que

En estos casos, se suele usar el subjuntivo aunque se trata de hechos reales. Esto se debe a que el hablante suele presentar con estas expresiones algo conocido y lo único que hace es juzgarlo o describir el efecto emocional que produce. Es decir, la primera intención no es informar sobre el hecho expresado en la subordinada, sino calificar este hecho o explicar el efecto que produce emocionalmente.

Pero en algunos casos el hablante puede usar la expresión el hecho de que con voluntad o intención informativa, para lo que puede emplear el modo indicativo:

Me entristece el hecho de que el paro haya subido este trimestre.

[es conocido por la prensa que el paro ha subido; el hablante reacciona ante este hecho]

Me entristece el hecho de que me han bajado el sueldo este mes.

[el hablante expresa su tristeza ante el hecho de que le han rebajado el sueldo, pero al mismo tiempo informa sobre este hecho que el interlocutor no conocía]

Idéntico comportamiento encontramos cuando la expresión el hecho de que se reduce a el que o simplemente a que con el mismo sentido.

Ejemplos:

 

1)

Tú eres la culpable de que a mi hijo lo golpearon en la escuela.

 

 

Implica lo siguiente:

(Te comunico que) han golpeado a mi hijo en la escuela y de esto tú eres la culpable.

 

 

Equivale a:

Es culpa tuya el (hecho de) que han golpeado a mi hijo en la escuela.

 

 

 

 

2)

Tú eres la culpable de que a mi hijo lo golpeasen en la escuela.

 

 

Implica lo siguiente:

(Como sabes) a mi hijo lo golpearon en la escuela y esto es culpa tuya.

 

 

Equivale a:

 

 

El hecho de que hayan golpeado a mi hijo en la escuela, es culpa tuya.

     

El empleo del subjuntivo es la opción más frecuente, pues no siempre está claro en el contexto si el interlocutor conoce o no el hecho. Se suele decir que la anteposición de la expresión el hecho de que implica el empleo del subjuntivo. Lo que se puede explicar desde el punto de vista de las funciones pragmáticas o informativas:

El acto comunicativo está formado por ciertas unidades comunicativas que proporcionan información al oyente, a la vez que menciona otras que se suponen ya conocidas por los interlocutores. En este sentido, se suele estructurar la oración, desde el punto de vista de las funciones informativas o pragmáticas, en dos elementos: el que transmite la información conocido, supuesta o supuestamente conocida, que se llama el tema, y el que contiene la información novedosa, supuestamente desconocida para el interlocutor, el rema.

Si la información compartida se coloca normalmente al inicio de la oración, en una oración que comienza con el hecho de que se supone que este hecho es ya conocido por los interlocutores, de modo que lo que expresa la oración subordinada es un juicio de valor sobre ese hecho conocido, por lo que la oración subordinada (V2) se emplea el modo subjuntivo.

Aplicado a los dos ejemplos anteriores, podemos decir que el ejemplo 2) sería el más frecuente:

 

Tú eres la culpable de que a mi hijo lo golpeasen en la escuela.

 

Equivale a:

 

El hecho de que hayan golpeado a mi hijo en la escuela, es culpa tuya y solo tuya.

   

De todos modos, siempre tendrá que decidir el contexto si se trata de una información conocida por los interlocutores y nuevamente valorada por el hablante, o si prevalece la intención informativa. Naturalmente, toda valoración implica una información, pues el que valora informa del hecho sobre el que emite un juicio de valor. La diferencia está en que el interlocutor conozca esa información, por el contexto o porque la recibió antes, (tema) o que se trate de una información nueva para el interlocutor (rema).